Lo que un “etc” puede causar

imagesHe escrito en algunas ocasiones sobre las situaciones que se presentan en los Juzgados de Paz sobre todo con relación a los procesos de pensiones alimentarias, la burocracia, las tardanzas en atender los procesos, entre otros aspectos.

Hoy quiero comentar sobre una sentencia que me mostraron.   Es una decisión de un Juzgado de Paz donde condenan a un señor a pagar una pensión alimentaria a favor de sus hijos y en uno de los ordinales del dispositivo de la sentencia dice de la siguiente forma:

“SEGUNDO:  Se condena al señor X a pagar una pensión alimentaria a favor de sus hijos por la suma de X pesos mensuales, más el 50% de los gastos extraordinarios (médicos, medicinas, útiles escolares, etc.) (…).”

Es decir, ese “etc.” puede ser cualquier cosa, y de hecho lo fue durante un tiempo (años) hasta que se volvió a conocer de nuevo el caso y se pudo aclarar ese “etc.”

Mientras tanto, quien se vio perjudicado en esta oportunidad fue el señor X ya que con ese “etc.” tuvo que pagar muchas cosas “etc.” hasta que fuera aclarado el “etc.”

En fin, esas son las cosas que vemos en el ejercicio de esta profesión y definitivamente es un llamado de atención a los jueces tanto de los Juzgados de Paz, los Tribunales de Niños, Niñas y Adolescentes, así como los civiles que fijan pensiones alimentarias en casos de divorcio, para que tomen estos detalles en cuenta, y no conviertan la vida de una persona en un “etc.”