Los cines, los padres, Las 50 sombras de Grey y los niños

images-2Antes de ayer me llamaron del programa 12 y 2 que dirigen Sergio Carlo y Karina Larrauri, para preguntarme si había en nuestra legislación alguna sanción para los cines que permiten la entrada de menores de edad, porque aparentemente se han presentado casos donde padres y madres han llevado a sus propios hijos e hijas menores de edad a ver la película.

Dije que el artículo 19 de la ley 136-03 o Código para el Sistema de Protección de los Derechos Fundamentales de los Niños, Niñas y Adolescentes, establece el “Derecho a la Diversión” de los niños, niñas y adolecentes, y que éstos “tendrán acceso a las diversiones y espectáculos públicos propios o clasificados como adecuados para su edad.”

 Dice el párrafo IV de ese mismo artículo que “los responsables de espectáculos públicos y diversión, colocarán visiblemente, a la entrada del lugar, la información detallada sobre la naturaleza del espectáculo y su clasificación en cuanto a las edades a partir de las cuales se permitirá el acceso.”

 Es decir, que es obligación de los cines asegurarse que menores de 18 años de edad no entren a ver las películas que tienen restricción para mayores de edad, como en este caso Las 50 Sombras de Grey.

 El artículo 407 de la misma ley 136-03 establece una sanción de un mes a un año de prisión y multa de diez a treinta salario mínimo establecido oficialmente, a los propietarios de un establecimiento comercial que violente el artículo (en este caso en particular) 19 del mismo Código.

 El deber de protección y respetar los derechos de los niños, niñas y adolescentes no sólo le corresponde a los padres y madres (es decir, la familia, en primer lugar), sino también al Estado y a la sociedad.

 Permitir que los y las menores de 18 años de edad vean una película de contenido pornográfico es considerado un abuso sexual.

 Tanto los padres y madres como los cines tienen responsabilidad en estos casos.

 Ojalá que los padres y madres, los cines y los lugares donde se proyecte esta película tomen las medidas de lugar, impidan la entrada de menores de edad a este tipo de películas. Recordemos el artículo 14 de la misma ley: “ Los profesionales y funcionarios de las áreas de la salud, pedagogía, (…) y cualquier otra persona que en el desempeño o no de sus funciones tuviere conocimiento o sospecha de una situación de abuso o de violación de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, están obligados a denunciarla ante las autoridades competentes (…)”. Ojalá que el Ministerio Público también tome medidas en estos casos.